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El Testamento: La piedra en el zapato de la sucesión y la protección del patrimonio

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Es difícil contar ya las veces que en alguna reunión con un grupo familiar, el cabeza de familia nos informa triunfante que todos sus asuntos están en orden, porque tiene un testamento.
 
Al encontrarnos ante una persona que tiene un poco más que un carro y una casa a su nombre, que dice que ya hizo un testamento (o peor, que no tiene uno), recordamos las palabras atribuidas a Luis XV de Francia “Después de mí, el diluvio”, dichas cuando ya se presagiaba la explosión social que finalmente acabó con la Monarquía en Francia y con el asesinato de su Nieto, Luis XVI en la guillotina. Sí, así es como procesamos que alguien diga que tienen solo un testamento, para manejar la sucesión de un patrimonio moderadamente más complejo que un carro y una casa.
 
Luis XV básicamente dijo: “no me importa lo que pase después que yo me muera”. Y pues ya sabemos cómo terminó esa sucesión. Y lo cierto es que muchos cabezas de familia hoy día piensan igual, aunque no lo digan en voz alta.
 
No. No tenemos nada en contra del Testamento y por el contrario, hay que felicitar a aquellos que por lo menos se han tomado el tiempo de hacer uno. Esto demuestra gran amor y entrega a su familia y no una actitud 100% Luis XV (pero sí quizá un 60%). Y puede ser que se ha quedado solamente en el testamento, porque nadie le ha dicho las problemáticas que puede generar “solamente” tener un testamento, o nadie le ha explicado las consecuencias degenerativas que puede tener sobre el patrimonio y la empresa familiar (si hay una), a largo plazo.
 
Cuando un grupo familiar llega a tener cierto patrimonio, un testamento simplemente NO es suficiente, sobre todo si es un patrimonio que puede y debe perdurar en el tiempo, sujeto a una administración adecuada por parte de la segunda o tercera generación.
 
¿Por qué cuando una familia tiene ciertos activos, especialmente administrados o administrables, el testamento no es suficiente? A continuación, tan sólo unos cuantos ejemplos para ilustrar:
 
1. Los hermanos se conocen sólo como familia, pero no se conocen como socios, como negociantes, como cabeza de familia o de empresa. Una sucesión empieza mucho antes de la muerte, justamente para que los herederos, que usualmente son hermanos, se empiecen a tratar y conocer como socios, como comerciantes, como individuos competitivos y con personalidades e ideas propias, para que logren armonizar y a no detonar entre sí. Esto no lo ofrece el testamento.
 
2. Una sucesión organizada y estructurada, mentaliza, crea conciencia acerca de lo que se va a recibir, de lo que se va heredar. Cómo nació, cómo creció y cómo se cuida. Los herederos deben entender el patrimonio que reciben. Sólo el que sabe cómo algo nació, sabe valorarlo y cuidarlo. Sólo el que entiende cómo algo está armado, sabrá cómo darle el debido cuidado. Esto no lo ofrece el Testamento.
 
3. Todo patrimonio, aunque sea una mera Finca, debe ser administrado. Esta administración dividida equitativamente entre 2 o 3 hermanos, se puede ver afectada por: deudas de uno de ellos sus hijos o sus cónyuges; divorcios, rencillas familiares o celos; problemas de adicciones, juegos o deudas; etc. Una finca cuyos propietarios son 2 o más hermanos, se convierte en un potencial foco de rivalidades familiares que pueden ser subsanados desde antes, dejando las reglas con mucha antelación, de cómo administrarla o inclusive, qué sucede si se quiere usar o vender. Esto no lo ofrece el testamento.
 
4. Dejar bienes a los herederos por partes iguales, puede afectar a los demás. Como decíamos anteriormente, si tres hermanos heredan en partes iguales una finca y/o unas acciones, si uno de ellos inicia un juicio de divorcio contencioso en donde su cónyuge le está quitando la mitad de todo (o más), significa que la porción de tierra o el número de acciones de ese hermano entra dentro de la división de bienes de dicho proceso de divorcio. Y habiendo una porción en litigio, puede estancar el poder de administración, puede poner en juego la reputación, puede cerrar la vía a nuevos negocios y entonces, el patrimonio muere. El patrimonio debe estar blindado para que estas afectaciones personales no afecten su administración y por ende, el resto de los herederos no se vean afectados por la situación legal de uno de los hermanos. Esto no lo ofrece un testamento.
 
5. Y quizá la más lógica y obvia de todas las razones: el testamento puede ser impugnado por muchas razones, manteniendo los bienes estancados por años en litigio, sin poderse administrar ni vender, generando gastos durante un período largo de tiempo; inclusive, una vez finalizado el juicio podemos encontrar que el patrimonio ya no vale nada y que los herederos, han perdido la mayor parte de su capital. El patrimonio debe mantenerse lo más blindado y separado de la persona del heredero, para lograr su autonomía e independencia, para que la situación personal, legal y financiera de uno de los herederos, no afecte los ingresos de los demás. Esto no lo ofrece el testamento.
 
Estas son apenas 5 razones, pero hay más, muchas más. E inclusive estas que hemos expuesto pueden ser desarrolladas extensivamente. Lo importante es saber que el Testamento está bien para ciertas familias y para ciertos patrimonios pequeños y simples. Pero cuando hablamos de familias que tienen un poco más dentro de su portafolio, se hace imprescindible no depender sólo del testamento, sino tener el apoyo de un sistema estructurado que le sirva al cabeza de familia en vida y sus herederos cuando éste ya no esté. Sólo así el patrimonio podrá ser asumido de manera sana, administrado de manera eficaz y protegido para que genere frutos por muchos años y generaciones más.
 
Y un último consejo que si bien parece propaganda no lo es (o quizá lo es un poco): la organización del patrimonio y la planificación de la sucesión no lo hace cualquier contador o cualquier abogado. Lo hacen personas que conocen, se han preparado y entienden de la transición, de la sucesión, de gobierno corporativo, de administración de patrimonio y que entienden, sobre todo, a la familia. Muchos saben hacer sociedades, fundaciones y testamentos. Esto no es lo mismo a preparar y proteger un patrimonio, para que perdure por generaciones en el tiempo.

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